Incapacidad permanente

La causal de jubilación por incapacidad permanente se configura cuando la incapacidad es absoluta y permanente para todo trabajo, sobrevenida en actividad o en período de inactividad compensada, cualquiera sea la causa que la haya originado.

 

Requisitos

  • Oficio BPS (*)
  • Cédula de identidad y fotocopia de la misma.

(*) Los oficios son verificados únicamente por la AFAP a través de la web de BPS.

Modalidad

En caso de realizarse por poder, el apoderado deberá presentar el poder original actualizado.

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